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¿Es posible juzgar a un presidente del Gobierno en ejercicio? El caso hipotético de Pedro Sánchez

Felón Pedro Sánchez corrupción

En las democracias parlamentarias como la española, el principio de igualdad ante la ley convive con mecanismos de inmunidad parlamentaria y prerrogativas procesales que, en la práctica, colocan a los altos cargos del Estado en una posición excepcional frente a la justicia. Esta tensión cobra especial relevancia cuando se plantea un escenario como el que analizamos hoy: ¿es posible juzgar a un presidente del Gobierno en ejercicio? Y más concretamente, ¿qué ocurriría si Pedro Sánchez fuera investigado por presunta corrupción?

Inviolabilidad, aforamiento y responsabilidad penal

En España, el presidente del Gobierno no goza de inviolabilidad, a diferencia del jefe del Estado, el rey. Sin embargo, sí está aforado, lo que significa que solo puede ser investigado y juzgado por el Tribunal Supremo, según lo establecido en el artículo 102 de la Constitución Española y el artículo 57.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial.

Esta prerrogativa no supone impunidad, pero sí una clara desviación del principio del juez natural, con implicaciones tanto políticas como jurídicas. Si bien el aforamiento pretende proteger la función institucional frente a denuncias infundadas, también puede retrasar o condicionar el avance de investigaciones serias. En la práctica, pocas causas contra altos cargos prosperan en el Supremo.

El artículo 102 CE: una protección casi total

El artículo 102 de la Constitución establece que la responsabilidad penal del presidente solo puede exigirse por traición, delitos contra la seguridad del Estado y otros cometidos en el ejercicio de sus funciones. Fuera de ese marco, se abre una zona gris: ¿qué ocurre si se le imputa por corrupción vinculada a su partido, pero no directamente relacionada con sus actos como jefe del Ejecutivo?

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La jurisprudencia es escasa y ambigua. Algunos constitucionalistas sostienen que el artículo 102 permitiría una interpretación restrictiva que blindaría al presidente durante su mandato. Otros, por el contrario, defienden que la corrupción, al atentar contra el interés público y la confianza institucional, debe ser perseguible incluso sin mediar cese en el cargo.

La vía política: una coartada útil

Ante la dificultad procesal, la respuesta suele venir por la vía política. La moción de censura se convierte en la herramienta para forzar la salida de un presidente bajo sospecha. No obstante, esta depende de mayorías parlamentarias, no de pruebas judiciales. En otras palabras, la rendición de cuentas queda supeditada a la correlación de fuerzas, no al cumplimiento estricto del derecho penal.

En el caso hipotético de Pedro Sánchez, cualquier imputación por corrupción —aunque fuera grave— no implicaría automáticamente su dimisión ni su procesamiento. El escudo institucional, la fragmentación parlamentaria y la lentitud judicial podrían darle oxígeno suficiente para mantenerse en el poder, incluso en medio de un escándalo de proporciones mayúsculas.

¿Una justicia para todos?

La pregunta que subyace, entonces, es incómoda: ¿puede un presidente en ejercicio ser juzgado en tiempo real, sin esperar a dejar el cargo? La respuesta, a día de hoy, es que puede, pero difícilmente será. El diseño del sistema privilegia la estabilidad institucional por encima de la eficacia judicial, lo que da lugar a una especie de zona de impunidad temporal.

Mientras tanto, la ciudadanía asiste a una paradoja democrática: el votante puede ser procesado con rapidez por delitos menores, mientras que los grandes cargos públicos quedan atrapados en un limbo jurídico blindado por tecnicismos, aforamientos y cálculos parlamentarios.

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Si Pedro Sánchez, en un escenario hipotético, fuera investigado por corrupción, no sería el derecho penal quien liderara su caída, sino la presión política y mediática. El sistema, tal como está diseñado, tolera —cuando no protege— la opacidad en las más altas esferas del poder.

El desafío pendiente es claro: o se reforma el marco legal para asegurar una verdadera igualdad ante la ley, o se sigue alimentando una desafección ciudadana que ya amenaza los cimientos de la democracia.

Para elaborar este artículo, se ha contado con información proporcionada por el abogado penalista de Alicante, José Luis Burguillo.

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