Calendario laboral 2027 en Euskadi: los 12 festivos del Decreto 90/2026
El Decreto 90/2026, publicado en el BOPV el 16 de julio, fija doce festivos retribuidos y no recuperables en Euskadi para 2027, además de todos los domingos. Navarra tiene su propio calendario, con el 3 de diciembre como fiesta local común.

Festivos de 2027 en Euskadi
El Decreto 90/2026, de 9 de junio, aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2027. Se publicó en el BOPV nº 134, del jueves 16 de julio de 2026. Según el decreto, son días inhábiles, retribuidos y no recuperables todos los domingos del año y las siguientes festividades:
| Fecha | Festividad |
|---|---|
| 1 de enero | Año Nuevo |
| 6 de enero | Epifanía del Señor |
| 25 de marzo | Jueves Santo |
| 26 de marzo | Viernes Santo |
| 29 de marzo | Lunes de Pascua de Resurrección |
| 1 de mayo | Fiesta del Trabajo |
| 7 de octubre | Aniversario primer Gobierno de Euskadi |
| 12 de octubre | Fiesta Nacional de España |
| 1 de noviembre | Todos los Santos |
| 6 de diciembre | Día de la Constitución Española |
| 8 de diciembre | Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | Natividad del Señor |
¿Qué festivos hay en Semana Santa de 2027 en Euskadi?
El decreto incluye el Jueves Santo (25 de marzo), el Viernes Santo (26 de marzo) y el Lunes de Pascua de Resurrección (29 de marzo).
Fiestas locales en Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa
Además, habrá hasta dos días de fiesta local, también retribuidos y no recuperables. Los fijarán los delegados territoriales de Trabajo y Seguridad Social a propuesta del Pleno de cada Ayuntamiento, y pueden ser comunes o distintos en los municipios de cada territorio histórico. Los ayuntamientos debían enviar su propuesta a la Delegación Territorial correspondiente en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del decreto.
Calendario laboral de 2027 en Navarra
Navarra tiene calendario propio. La Resolución 232/2026, de 13 de mayo, publicada en el BON nº 103 del 28 de mayo de 2026, establece estas fiestas retribuidas y no recuperables:
| Fecha | Festividad |
|---|---|
| 1 de enero | Año Nuevo |
| 6 de enero | Epifanía del Señor |
| 19 de marzo | San José |
| 25 de marzo | Jueves Santo |
| 26 de marzo | Viernes Santo |
| 29 de marzo | Lunes de Pascua |
| 1 de mayo | Fiesta del Trabajo |
| 12 de octubre | Fiesta Nacional de España |
| 1 de noviembre | Todos los Santos |
| 3 de diciembre | San Francisco Javier (local, día de Navarra) |
| 6 de diciembre | Día de la Constitución |
| 8 de diciembre | Inmaculada Concepción |
| 25 de diciembre | Natividad del Señor |
El 3 de diciembre es fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral. Falta aún la otra fiesta local, que se fijará a propuesta de cada ayuntamiento. Las entidades locales deben remitir su propuesta a la Dirección General de Economía Social y Trabajo antes del 15 de noviembre de 2026, con indicación de fecha y conmemoración, y señalar también las de los concejos integrados en su término.
Si un ayuntamiento no comunica su fiesta en plazo, la determinará el Departamento, conforme al anexo de la Resolución 682/2025. Si la fecha coincide con domingo o festivo, se traslada automáticamente al día laborable siguiente.
Dónde consultar
El texto íntegro del decreto está en el BOPV y el de la resolución navarra, en el Boletín Oficial de Navarra.
Fuentes
- Decreto 90/2026, de 9 de junio, Calendario Oficial de Fiestas Laborales de Euskadi para 2027 (BOPV nº 134) — euskadi.eus
- Resolución 232/2026, calendario de fiestas laborales 2027 en Navarra (BON nº 103) — bon.navarra.es
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