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Calendario laboral 2027 en Euskadi: los 12 festivos del Decreto 90/2026

El Decreto 90/2026, publicado en el BOPV el 16 de julio, fija doce festivos retribuidos y no recuperables en Euskadi para 2027, además de todos los domingos. Navarra tiene su propio calendario, con el 3 de diciembre como fiesta local común.

Fachada de la mansión Ajuria Enea, en Vitoria-Gasteiz, con jardines, camino de grava y banderas a la izquierda.
Foto: Basotxerri / Wikimedia Commons (CC BY-SA 4.0)

Festivos de 2027 en Euskadi

El Decreto 90/2026, de 9 de junio, aprueba el Calendario Oficial de Fiestas Laborales de la Comunidad Autónoma de Euskadi para 2027. Se publicó en el BOPV nº 134, del jueves 16 de julio de 2026. Según el decreto, son días inhábiles, retribuidos y no recuperables todos los domingos del año y las siguientes festividades:

FechaFestividad
1 de eneroAño Nuevo
6 de eneroEpifanía del Señor
25 de marzoJueves Santo
26 de marzoViernes Santo
29 de marzoLunes de Pascua de Resurrección
1 de mayoFiesta del Trabajo
7 de octubreAniversario primer Gobierno de Euskadi
12 de octubreFiesta Nacional de España
1 de noviembreTodos los Santos
6 de diciembreDía de la Constitución Española
8 de diciembreInmaculada Concepción
25 de diciembreNatividad del Señor

¿Qué festivos hay en Semana Santa de 2027 en Euskadi?

El decreto incluye el Jueves Santo (25 de marzo), el Viernes Santo (26 de marzo) y el Lunes de Pascua de Resurrección (29 de marzo).

Fiestas locales en Araba/Álava, Bizkaia y Gipuzkoa

Además, habrá hasta dos días de fiesta local, también retribuidos y no recuperables. Los fijarán los delegados territoriales de Trabajo y Seguridad Social a propuesta del Pleno de cada Ayuntamiento, y pueden ser comunes o distintos en los municipios de cada territorio histórico. Los ayuntamientos debían enviar su propuesta a la Delegación Territorial correspondiente en el plazo de un mes desde el día siguiente a la publicación del decreto.

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Calendario laboral de 2027 en Navarra

Navarra tiene calendario propio. La Resolución 232/2026, de 13 de mayo, publicada en el BON nº 103 del 28 de mayo de 2026, establece estas fiestas retribuidas y no recuperables:

FechaFestividad
1 de eneroAño Nuevo
6 de eneroEpifanía del Señor
19 de marzoSan José
25 de marzoJueves Santo
26 de marzoViernes Santo
29 de marzoLunes de Pascua
1 de mayoFiesta del Trabajo
12 de octubreFiesta Nacional de España
1 de noviembreTodos los Santos
3 de diciembreSan Francisco Javier (local, día de Navarra)
6 de diciembreDía de la Constitución
8 de diciembreInmaculada Concepción
25 de diciembreNatividad del Señor

El 3 de diciembre es fiesta local para todo el ámbito de la Comunidad Foral. Falta aún la otra fiesta local, que se fijará a propuesta de cada ayuntamiento. Las entidades locales deben remitir su propuesta a la Dirección General de Economía Social y Trabajo antes del 15 de noviembre de 2026, con indicación de fecha y conmemoración, y señalar también las de los concejos integrados en su término.

Si un ayuntamiento no comunica su fiesta en plazo, la determinará el Departamento, conforme al anexo de la Resolución 682/2025. Si la fecha coincide con domingo o festivo, se traslada automáticamente al día laborable siguiente.

Dónde consultar

El texto íntegro del decreto está en el BOPV y el de la resolución navarra, en el Boletín Oficial de Navarra.

Fuentes

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